Historia económica del Paraguay · Eligio Ayala, 1879-1930 · Parte 2 de 22
Cuando murió, en octubre de 1930, Eligio Ayala era ministro de Hacienda y había sido presidente de la República. ¿Qué dejó, sobre qué base material ejerció el poder y cómo se defendía de los intereses que rodeaban al Estado? Esta página, primera del retrato del personaje, responde con el inventario de su sucesión, con el sistema de intereses que financió a su facción, con sus colaboradores y sus esquelas, y con las etapas reales de sus cargos.
Observatorio Económico · FCCAE-UC · Octubre de 2026
En síntesis
- El expediente sucesorio (1930-1932, al menos 362 fojas), conocido por el ensayo de Liliana M. Brezzo de 2023, declara un legado de 1.001.730,31 pesos y un monto a distribuir de 946.993,77. Los diez rubros que enumera suman sólo 345.431,76, y la diferencia no tiene explicación en la fuente.
- Los «pesos» del expediente son pesos de curso legal: no lo dice Brezzo, pero se infiere de un crédito de 84.375 pesos «equivalentes a 4000 pesos argentinos». A ese tipo implícito, los célebres «once mil pesos» equivalían a unos 521 pesos argentinos.
- La leyenda de «una humilde casita, su biblioteca y once mil pesos» no resiste el expediente: no tenía casa, vivía de alquiler, su único inmueble era un terreno de 20 ha en Lambaré, y los «once mil» son uno de diez renglones.
- Sus efectos personales eran modestos; su patrimonio no lo era. Pero el juzgado constató que nunca había sido accionista: dejó dinero en bancos, oro de protocolo, libros y un terreno, sin empresas ni renta de negocio.
- Eduardo Schaerer llegó al poder con una coalición empresarial, y según un informe de la legación británica un sindicato encabezado por el presidente del Ferrocarril Central «parece haber adelantado cerca de £350.000 a Schaerer, Gondra y el resto». Ayala llegó al gobierno dentro de esa coalición y gobernó frente a ella.
- Su defensa frente a la presión fue de método, no de virtud: «El Ministro de Hacienda no es un centinela de caja» (8 de octubre de 1920). A los grandes intereses no los expropió: los sometió a instrumento.
- Nada indica que otro le escribiera las leyes. Los decretos de 1923 razonan como un jurista, y dieciséis esquelas dirigidas a su asesor Rodolfo Ritter muestran un método de instrucción escrita.
- Sus etapas difieren del relato corriente: judicatura de dieciocho meses, título posterior al cargo, nombramiento no ejercido en 1916, dos ministerios documentados, provisorato, cinco meses fuera del gobierno en 1924, presidencia de 1924 a 1928 y ministerio hasta su muerte.
Un retrato, no una cronología
«El Ministro de Hacienda no es un centinela de caja», dijo Eligio Ayala ante la Cámara de Diputados el 8 de octubre de 1920. La frase sirve de entrada a un retrato que no sigue el orden de los años sino el de los temas, y que se pone aquí, antes del doctorado, de Europa y del ministerio, porque el lector necesita al hombre completo para entender las decisiones que vienen después. Se ordena así: el patrimonio, la presión de los intereses, los colaboradores, quién escribía las leyes, cómo despachaba y en qué etapas ejerció el poder. La vida privada, la muerte y el carácter ocupan la parte siguiente de esta serie.
Una advertencia vale para todo el retrato. La obra de Eligio Ayala está documentada con una densidad extraordinaria, y su persona con un silencio casi total. Hay dieciséis esquelas suyas, cuatro decretos que razonan como un tratado, un discurso fundacional con número de Diario de Sesiones y nueve ejercicios presupuestarios medidos peso por peso; y no hay una sola línea de su pluma sobre su casa, su salud, sus afectos o su ánimo. Este retrato se construye con lo primero, declara lo segundo como vacío y dice en cada caso dónde podría resolverse.
Un millón de pesos y un ajuar muy usado: el inventario sucesorio
Conviene empezar por el final, porque es lo que da la medida de todo. Cuando murió, en octubre de 1930, siendo ministro de Hacienda y habiendo sido presidente de la República, se abrió el juicio sucesorio de sus bienes. Durante casi un siglo, la única versión de su resultado que circuló fue la de Carlos Zubizarreta, y hay que citarla entera antes de desarmarla.
No tenía más afán ni más ambición que el bien público. A pesar de llevar una vida modestísima, cuando sorprendió la muerte al amo indiscutido y todopoderoso de las finanzas nacionales, el juicio sucesorio de sus bienes reveló que Eligio Ayala no tenía más fortuna que una humilde casita, su biblioteca y once mil pesos depositados en su cuenta bancaria.
— Carlos Zubizarreta, Cien vidas paraguayas, entrada «Eligio Ayala»
Contra esa frase se objetaba que el inventario no declara la moneda de los «once mil pesos», y que sin ese dato la cifra más citada del personaje no significa nada. La objeción ya no puede sostenerse. El expediente fue leído por una historiadora, y quien lo leyó publicó sus cifras. La fuente es el ensayo de Liliana M. Brezzo «Algunas observaciones sobre el expediente sucesorio del doctor Eligio Ayala», en el volumen Eligio Ayala íntimo (FONDEC, 2023), y tiene dos capas que no valen lo mismo. El volumen lo edita la familia custodia del archivo y del Premio Pastore, y es fuente interesada para los juicios. El ensayo de Brezzo, en cambio, es el único texto del volumen escrito por una historiadora profesional, con aparato crítico y con lectura directa del expediente, y es su mejor parte.
Brezzo fue, además, la organizadora y descriptora de la Colección Carlos Pastore, de modo que escribe sobre un fondo del que es responsable técnica: es fuente primaria excepcional para el expediente y fuente interesada para el lugar de Pastore en la historia del archivo. Donde transcribe cifras del expediente, la fuente es de primer orden; donde interpreta, se cita como interpretación suya. Dos advertencias acompañan cada cita. El ejemplar consultado del volumen llega sólo hasta la p. 118, de modo que su aparato de notas queda fuera y no hay ni una signatura, ni una caja, ni un folio para nada de lo que sigue; las pp. 107 y 118 resultaron ilegibles y las pp. 110, 111 y 113 se leyeron al límite. Y la mayor: el expediente sucesorio no ha sido consultado directamente para esta serie. Se cita a Brezzo citándolo.
Sobre el documento mismo, Brezzo permite establecer esto. Es un expediente del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, con intervención del Ministerio Pupilar por haber menores, de al menos 362 fojas. Se abrió el 27 de octubre de 1930, tres días después de la muerte, a pedido de Rosaura González, y la partición se dio por finiquitada el 14 de enero de 1932: un cálculo sobre esas fechas da un año, dos meses y dieciocho días de trámite. Brezzo no da número de expediente, ni carátula, ni turno del juzgado, ni el archivo donde está el original. Consigna únicamente, en la p. 105, que en la Colección Carlos Pastore de la Academia Paraguaya de la Historia «existe una copia del expediente sucesorio del doctor Eligio Ayala». Una copia: el original está en un juzgado, y ninguna fuente dice cuál.
El cuadro que sigue reproduce el balance tal como Brezzo lo transcribe, rubro por rubro, con las cifras cotejadas sobre la página. Las cantidades van en los «pesos» sin adjetivo del expediente; qué moneda es ésa se resuelve inmediatamente después, y se resuelve por dentro del propio documento. Tres líneas del cuadro no están en la fuente: son cálculos sobre las cifras de Brezzo, y están ahí porque la aritmética de la fuente no cierra.
Cuadro 1. El inventario sucesorio de Eligio Ayala, rubro por rubro, en pesos
| Rubro | Pesos | Lo que el expediente dice de él |
|---|---|---|
| Terreno de 20 ha 6.250 m² en Lambaré | 62.000 | Único inmueble de la sucesión. Lo había comprado, no heredado, y no figuraba en el primer recuento de bienes: apareció cuando el abogado de la hija natural presentó el título |
| Muebles y útiles | 33.100 | El mobiliario de la casa que ocupaba, que Brezzo describe «escueto y de poco valor». Se tasa aparte del ajuar personal, que el expediente califica de «muy usado» |
| Libros | 30.226,50 | La biblioteca. Brezzo no dice en qué foja empieza su avalúo; sólo que «a partir de la foja 116 figuran varias colecciones de revistas impresas en Europa». Los libros se cotizan de 10 a 30 pesos y los números de la Revue Économique Internationale a 300: un cálculo sobre esos precios indica que el valor lo aportan las colecciones de revistas europeas, no los libros |
| Alhajas | 32.820 | Tasadas por el joyero Juan Biscotti. Incluyen la banda presidencial del Paraguay, la Gran Cruz de Isabel la Católica y un reloj de oro de tres tapas marca Patek Philippe con cadena maciza |
| Depósito en el Banco Germánico | 11.743 | Primer candidato a ser «los once mil pesos» de la leyenda |
| Depósito en el Banco de Londres y de Sud América | 17.099,15 | Segunda cuenta bancaria. La frase célebre habla de una sola |
| Sueldo por 23 días de octubre, depositado por el Ministerio de Hacienda | 11.612,88 | Haberes devengados hasta el 23 de octubre inclusive. Segundo candidato a «los once mil pesos» |
| Efectivo depositado por el señor Da Rosa | 11.000 | Tercer candidato, y el único que da la cifra exacta de la leyenda. No es un depósito suyo en cuenta: es una entrega de un tercero |
| Crédito reconocido a favor de la sucesión | 84.375 | «Equivalentes a 4000 pesos argentinos». Es el préstamo de Ayala a El Diario para comprar una máquina impresora. Esta línea resuelve la moneda de todo el inventario |
| Saldo transferido por «The Firt [sic] Bank of Boston» | 51.455,23 | Errata del volumen por The First National Bank of Boston. Tercera partida por tamaño, detrás del crédito contra Da Rosa y del terreno. El expediente no lo llama depósito: dice «un saldo de fondos transferidos» |
| Suma de los diez rubros (cálculo) | 345.431,76 | No coincide con el total que declara el expediente |
| Total del legado, según el expediente | 1.001.730,31 | Cifra literal de la p. 117 |
| Bajas deducidas (cálculo) | 54.736,54 | Alquileres de la casa que ocupaba Eligio Ayala, impuestos y honorarios del perito tasador de las alhajas |
| Monto a distribuir entre los herederos | 946.993,77 | Cifra literal de la p. 117 |
Fuente: Liliana M. Brezzo, «Algunas observaciones sobre el expediente sucesorio del doctor Eligio Ayala», en Eligio Ayala íntimo, 2023, pp. 114 a 117, sobre el expediente sucesorio. Las líneas marcadas «cálculo» se obtienen de esas cifras. El precio de 300 de la Revue se cotejó con ampliación sobre la p. 114: el primer dígito es un 3.
Hay que declarar de inmediato que la suma no cierra. La operación, escrita: 62.000 + 33.100 + 30.226,50 + 32.820 + 11.743 + 17.099,15 + 11.612,88 + 11.000 + 84.375 + 51.455,23 = 345.431,76 pesos. El expediente declara un total de 1.001.730,31. Faltan 656.298,55 pesos sin explicar, casi dos tercios del legado. La otra verificación, en cambio, sí cierra: 1.001.730,31 − 946.993,77 = 54.736,54 pesos de bajas por alquileres, impuestos y honorarios del tasador, un orden de magnitud razonable para esos conceptos. El par formado por el total y el monto a distribuir es coherente por dentro; lo que está incompleto o mal transcrito es la enumeración de los rubros.
Las hipótesis son tres, y ninguna se elige: que Brezzo omitiera rubros al resumir la enumeración; que alguna cifra haya perdido un dígito en la composición tipográfica; o que el total de 1.001.730,31 incluya partidas del expediente que el ensayo no enumera. Es una contradicción interna comprobable de la fuente, y se publica como tal, sin promediarla y sin corregirla en silencio. Sólo el expediente original la resuelve.
La moneda del inventario
Ahora la moneda, que es el hallazgo central de este inventario. Brezzo no escribe nunca «pesos paraguayos». Pero el expediente distingue expresamente dos monedas y da la equivalencia entre ellas en uno de sus rubros: el crédito a favor de la sucesión vale «84.375 pesos (equivalentes a 4000 pesos argentinos)». La consecuencia es inmediata. Si hubo que convertir, los «pesos» sin adjetivo del expediente no pueden ser pesos argentinos: son la moneda nacional paraguaya, el peso de curso legal de la época. La identificación es una inferencia sobre un dato explícito de Brezzo, no una afirmación de Brezzo.
Con las operaciones escritas: el tipo de cambio implícito del propio expediente es 84.375 ÷ 4.000 = 21,09375 pesos de curso legal por peso argentino. Aplicado al balance, el total del legado, 1.001.730,31 ÷ 21,09375, da unos 47.489 pesos argentinos; el monto a distribuir, 946.993,77 ÷ 21,09375, unos 44.894,5; y los célebres once mil, 11.000 ÷ 21,09375, unos 521 pesos argentinos. La cifra que, se decía, no significaba nada significa ahora algo perfectamente acotado.
Una segunda operación confirma la lectura y abre a la vez una divergencia. El tipo fijo de la Oficina de Cambios era de 18,75 pesos de curso legal por peso argentino, y es el que esta serie usa en todos sus cuadros. Un cálculo: 84.375 ÷ 18,75 = 4.500 exactamente. Que la cifra del expediente dé un número redondo al dividirse por el tipo oficial paraguayo es la confirmación más fuerte de que sus «pesos» son pesos de curso legal: una moneda cualquiera no produce 4.500 al dividirse por 18,75. Pero el expediente dice 4.000 y no 4.500, y la diferencia es de 500 pesos argentinos exactos, el 12,5 % del principal. Caben dos lecturas, y ninguna está documentada: que los 84.375 incluyan 4.000 de capital más 500 de intereses o gastos, o que el tasador aplicara un tipo distinto del oficial. Al tipo oficial, el legado equivaldría a unos 53.426 pesos argentinos y no a 47.489: la horquilla queda declarada, no promediada.
El legado declarado
1.001.730,31 $c/l
Total del legado según el expediente sucesorio (Brezzo, p. 117), en «pesos» sin adjetivo que, por inferencia sobre el propio expediente, son pesos de curso legal. Al tipo implícito del propio expediente equivale a unos 47.489 pesos argentinos; al tipo oficial de 18,75, a unos 53.426. Los diez rubros enumerados suman sólo 345.431,76.
Los «once mil pesos», renglón por renglón
Con esto se puede volver a la frase célebre, y lo que queda de ella es poco. Los «once mil pesos depositados en su cuenta bancaria» tienen tres candidatos en el expediente: los 11.000 pesos en efectivo depositados por el señor Da Rosa, los 11.743 del Banco Germánico y los 11.612,88 del sueldo de octubre liquidado por Hacienda. Los tres juntos suman 34.355,88 pesos: el 3,43 % del total declarado, menos del 4 %, y el 9,95 % de la suma de los rubros enumerados. La cifra más citada del personaje no era su fortuna: era, en el mejor de los casos, uno de diez renglones.
Y lo que la frase reduce a «su cuenta» eran tres posiciones bancarias en tres bancos distintos: dos depósitos y un saldo de fondos transferidos. El expediente llama «depósito» al del Banco Germánico y al del Banco de Londres y de Sud América; del tercero dice «un saldo de fondos transferidos por The Firt Bank of Boston», lo que no supone necesariamente una cuenta suya en ese banco. Sumadas, 11.743 + 17.099,15 + 51.455,23, dan 80.297,38 pesos en bancos, algo más de siete veces los once mil de la leyenda.
Un inventario que estaba incompleto
Antes de sacar una sola conclusión de estas cifras hay que poner la advertencia más grave, que las afecta a todas: el inventario estaba incompleto. El único inmueble de la lista, y su segundo rubro por valor —el terreno de 20 hectáreas y 6.250 metros cuadrados de Lambaré, tasado en 62.000 pesos—, no figuraba en el primer recuento de bienes. Apareció porque el abogado de Anastasia, la hija natural, presentó el título, y sólo entonces se iniciaron las diligencias que confirmaron que Ayala poseía «una propiedad en las afueras de Asunción, de más de 20 hectáreas, que había adquirido» a un vendedor cuyo apellido no se lee con seguridad en el ejemplar. Ese solo bien es el 17,95 % de la suma de los rubros enumerados.
La consecuencia es de método y alcanza a todo este retrato. El inventario no es una fotografía del patrimonio: es el resultado de un procedimiento que fue corregido al alza en el curso del juicio, por casi una quinta parte de lo enumerado, y sólo porque una parte interesada aportó un papel que la sucesión no tenía. Nada garantiza que no faltaran otros bienes que nadie tuvo interés en presentar. Toda afirmación sobre «lo que Eligio Ayala dejó» lleva desde aquí esa advertencia adosada.
El dormitorio, y lo que vino después
El retrato que sale del expediente se parte en dos, y hay que escribirlo partido, porque así está en la fuente. Brezzo describe con detalle el dormitorio y llama «modestísimo» al ajuar; registra que el expediente lo califica de «muy usado», y añade, ya en su propia prosa y sin entrecomillar, que no tenía valor alguno para el avalúo: tres trajes completos, dos galeras de felpa, un sobretodo negro, un smoking, un frac, un jaquet, nueve camisas blancas, trece corbatas, cinco pares de calzado, un paraguas de seda, cuatro bastones, una «maquinita de afeitar, sistema Gillette, con su estuche de metal» y un baúl grande de viaje. Registra también, «como detalle curioso», «tres tacos de madera y tres tacos de metal con 8 pelotitas de golf y su funda correspondiente», que según ella «parecen referenciar una afición deportiva» del ministro: la transcripción es del expediente; la conjetura, marcada con el verbo «parecen», es suya.
Se podría sostener que el expediente sucesorio proyecta, hasta aquí, la imagen de un hombre culto, sin alardes, que decidía estudiar con detalle los proyectos del ministerio a su cargo para su eventual ejecución.
— Liliana M. Brezzo, «Algunas observaciones sobre el expediente sucesorio del doctor Eligio Ayala», en Eligio Ayala íntimo, 2023, p. 114
Hay que leer «hasta aquí», porque es la palabra clave y es exacta. Brezzo escribe esa frase en la p. 114. Las alhajas están en la p. 116 y el balance en la p. 117: cuando la escribe todavía no ha llegado al reloj de oro de tres tapas marca Patek Philippe Fabricants à Genève, con monograma «EA» y cadena de oro gruesa y maciza; ni a la Gran Cruz de Isabel la Católica, una con su banda y otra en broche; ni al estuche que contenía la banda presidencial del Paraguay; ni a las alhajas tasadas en 32.820 pesos, que «en su mayor parte constituían obsequios que Eligio Ayala había recibido en ocasión de distintas celebraciones y conmemoraciones»; ni al millón de pesos del legado. No es una contradicción de la autora: es el orden en que ella misma dispuso el ensayo, y ella lo señala con dos palabras.
La formulación que la fuente permite es una sola: sus efectos personales eran modestos; su patrimonio no lo era. Brezzo se queda con la primera mitad. Y la imagen de un patrimonio sin volumen —tres partidas, una casa en singular, ningún activo productivo— queda corregida. El inventario tiene diez renglones, un inmueble comprado de veinte hectáreas que la sucesión puso en arrendamiento, posiciones en tres bancos distintos, un crédito a favor contra un dueño de diarios y un millón de pesos declarado.
La composición de los diez rubros enumerados, calculada sobre las cifras de Brezzo, es ésta: el inmueble es el 17,95 %; los bienes muebles —muebles y útiles, libros y alhajas, 96.146,50 pesos— el 27,83 %; y los activos financieros —los dos depósitos, el saldo transferido, el sueldo, el efectivo de Da Rosa y el crédito, 187.285,26 pesos— el 54,22 %. Más de la mitad de lo enumerado era dinero y papel, no cosas. Un detalle vale como imagen: sus libros y sus alhajas, juntos, estaban tasados en 63.046,50 pesos, algo más que su única propiedad. La advertencia sobre el desfase de la suma rige también aquí: los porcentajes son sobre la lista enumerada y no sobre el total declarado, porque la lista no cierra.
Un acreedor de la prensa
Un renglón merece nota aparte por lo que dice del personaje: Eligio Ayala era acreedor del dueño de dos diarios. El crédito de 84.375 pesos a favor de la sucesión procede de los 4.000 pesos argentinos que había prestado a El Diario para comprar una máquina impresora, y el deudor es el doctor Eliseo Da Rosa, propietario de El Diario y de El Liberal, que además había depositado en la sucesión 11.000 pesos en efectivo. El Registro Oficial registra a un J. Eliseo Da Rosa como ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública de Eusebio Ayala, y otra fuente lo da como ministro de Hacienda de Luis A. Riart en 1924 (véase el cuadro 3 de esta página). Brezzo no dice que sea la misma persona, y aquí no se afirma: la identificación queda pendiente. Su interés es evidente, porque la sección siguiente trata precisamente de qué hizo Eligio Ayala con los intereses que tenían diario.
La casa que no estaba
Hay un renglón que el inventario no tiene, y es el que la leyenda ponía primero: la casa. El expediente no registra vivienda alguna entre los bienes. Registra lo contrario: entre las bajas deducidas del legado figuran los alquileres de la casa ocupada por Eligio Ayala, abonados a su propietaria, Mercedes Arbo de Semidei. Eligio Ayala vivía de alquiler, y su único inmueble era un terreno sin casa en Lambaré. La «humilde casita» de Zubizarreta no está en el expediente. Con ello queda respondida la pregunta de si la casa en que vivía era propia o alquilada, y se disuelve otra, la de si era la «casita» del inventario, porque no hay casita.
Aparece, en cambio, una pregunta nueva. El expediente sitúa la vivienda que el juzgado clausuró en Estados Unidos y Villarrica, con la glosa «hoy Eligio Ayala»; una cronología manuscrita inédita la sitúa en la calle Presidente Wilson, también rebautizada Eligio Ayala. Dos nombres para una misma vía, o dos vías distintas: la divergencia se declara y no se promedia, y se resolvería en el expediente original y en la nomenclatura municipal de Asunción de 1930. La página del ensayo que da esa dirección es, además, una de las que el ejemplar consultado sólo permitió leer en parte.
Los herederos
Los herederos son el otro gran aporte del expediente, porque es el único documento del archivo obligado a nombrarlos. Fueron dos, los dos hijos naturales reconocidos, y el camino por el que llegaron a serlo no fue simétrico.
Abelardo Ayala, hijo de Rosaura González, nació el 19 de diciembre de 1909, y Eligio Ayala reconoció su paternidad el 24 de febrero de 1923, trece años después del nacimiento y menos de dos meses antes de asumir la presidencia provisoria. Su madre abrió el sucesorio el 27 de octubre de 1930 pidiendo que se lacrara la vivienda, que se le entregaran las llaves y que se designara tutor a Luis Freire Esteves; el juzgado designó a otro, José del Rosario Ayala, y Brezzo no explica el cambio. Es un dato de conflicto entre la línea materna y la paterna que la fuente registra sin comentar. Fue José del Rosario Ayala quien, el 4 de diciembre de 1930, pidió la declaratoria de herederos a favor de Abelardo «por ser el único con derecho a la sucesión». En la partición le tocaron todos los libros detallados en el inventario, la mitad del terreno de Lambaré, la mitad del crédito contra Da Rosa y la mitad del efectivo de los depósitos bancarios.
Que Abelardo heredara toda la biblioteca ancla documentalmente una cadena de custodia filial que se ha postulado para los papeles de Ayala —Abelardo Ayala, Raúl Amaral, Julio César Frutos, Alcibíades González Delvalle—: lo que bajó por la línea del hijo fueron los papeles y los libros. Y con ellos, presumiblemente, los trece manuscritos que Ayala había escrito en Europa y que el expediente inventarió sobre su escritorio, todos inéditos al morir. Brezzo no dice que se conserven, y dónde están hoy es un vacío abierto. La cadena de búsqueda es una hipótesis, no una afirmación de la fuente.
Anastasia Ayala, «hija natural reconocida de Eligio Ayala», nacida el 27 de abril de 1909 en el pueblo de Yegros, no estaba en ese reparto. Cuando la sentencia a favor de Abelardo ya se había dictado, se presentó su abogado, Héctor Cabañas Velázquez, en juicio de filiación natural, y el 16 de marzo de 1931 se concedió la ampliación de la declaratoria de herederos: tres meses y doce días después del pedido que reclamaba un heredero único.
Su representante consiguió además que se activara la tasación de las alhajas, que se fijara una pensión alimenticia de 500 pesos mensuales, que se arrendara el terreno de Lambaré y, lo decisivo para todo lo anterior, que ese terreno entrara en el inventario. En la partición le tocaron las alhajas, con la banda presidencial y las condecoraciones, el mobiliario de la casa, la mitad de Lambaré, la mitad del crédito contra Da Rosa y la mitad del efectivo. La tasación se cerró el 28 de julio de 1931, y el proyecto de partición, encomendado al actuario doctor Luis Laterza por acuerdo de los dos herederos, quedó finiquitado el 14 de enero de 1932.
Una verificación negativa completa el cuadro. En ninguna de las doce páginas legibles del ensayo de Brezzo aparece Candelaria Duplán, a quien se ha atribuido la maternidad de Anastasia. Brezzo nombra a Rosaura González y no nombra a la madre de Anastasia. El único lugar que da ese nombre es un párrafo de una cronología manuscrita inédita, sin nota al pie, y la fuente nueva no lo respalda. Dónde se resolvería: en la partida de nacimiento de Anastasia Ayala, del 27 de abril de 1909, en el registro civil o en la parroquia de Yegros.
Dos fechas que el expediente fija
La fecha de nacimiento de Abelardo merece un párrafo, porque una lectura errónea la llegó a dar en diciembre de 1919 y construía sobre ella una colisión: una concepción compatible caería hacia marzo de 1919, con Eligio Ayala enfermo en Zúrich. La colisión la fabricaba la mala lectura de una página difícil, y desaparece con la fecha buena. Abelardo nació el 19 de diciembre de 1909 y su padre salió de Asunción el 17 de enero de 1911: trescientos noventa y cuatro días, doce meses y veintinueve días, entre una cosa y la otra. El niño tenía un año cuando Eligio Ayala se fue del país, y no estaba reconocido. El propio volumen de 2023 lo dice en la entrada de su cronología que da la fecha: era un hijo «que recién conocería tras su regreso de Europa». El reconocimiento, el 24 de febrero de 1923, llegó trece años y dos meses después del nacimiento y cuarenta y siete días antes de que Eligio Ayala asumiera la presidencia provisoria, el 12 de abril de 1923.
El límite de lectura que rodea esa fecha debe declararse cada vez que se use. En la p. 110, donde Brezzo transcribe la fecha del expediente, el año es ilegible en el ejemplar consultado: se lee «…su hijo Abelardo, nacido el 19 de diciembre de 19▯▯». La fecha se toma de la p. 33 del mismo volumen, nítida, y la confirman tres referencias del ensayo del editor en la p. 59 que sólo cierran con 1909: que el nacimiento ocurrió «un año antes del alejamiento de Eligio de Asunción hacia el exilio»; que ocurrió cuando Eligio «acababa de cumplir los 30 años»; y que, según los descendientes de Abelardo, Eligio conoció a su hijo «siendo éste ya un muchacho, un preadolescente», tras volver de Europa en 1920. No hay dos fuentes rivales: hay una lectura nítida contra un año ilegible. La partida de nacimiento de Abelardo, en Asunción, cerraría la cuestión.
El expediente contradice, además, la fecha de nacimiento que el propio volumen adopta. Se abre con la partida de defunción: Eligio Ayala «falleció el 24 de octubre de 1930 a los 51 años, soltero, de profesión abogado, a causa de una herida abdominal por arma de fuego». El volumen sostiene el nacimiento el 4 de diciembre de 1879, y con esa fecha, el 24 de octubre de 1930 tenía cincuenta años, diez meses y veinte días: habría cumplido cincuenta y uno el 4 de diciembre de 1930, cuarenta y un días después de muerto. La divergencia se declara con sus dos sostenedores y no se promedia: el expediente es fuente judicial y coetánea; la cronología es del editor del volumen; Brezzo no la señala. La parte 1 de esta serie la recoge en el cuadro de las versiones del año de nacimiento. Y de paso el expediente confirma por documento el estado civil: «soltero».
Un último detalle contable entra en la discusión sobre la fecha de la muerte, y se consigna como indicio y nada más. El Ministerio de Hacienda depositó en la sucesión el sueldo de 23 días del mes de octubre, es decir que le liquidó haberes hasta el 23 inclusive. No basta para resolver la divergencia entre el 22, el 23 y el 24 de octubre, que tiene sus propios sostenedores y se trata en la parte siguiente de esta serie; es la primera pieza contable que entra en esa discusión. Lo que sí permite es un cálculo: 11.612,88 ÷ 23 = 504,9078 pesos por día, de donde un mes de treinta y un días daría 15.652,14 pesos como remuneración mensual del ministro de Hacienda: unos 742 pesos argentinos al tipo implícito del propio expediente, u 835 al tipo oficial de 18,75.
Lo que sobrevive: nunca fue accionista
Queda por decir qué sobrevive del argumento viejo, y sobrevive lo esencial, ahora con documento y con foja. El expediente no se limita a callar sobre las empresas: las buscó y no las halló. Brezzo escribe que, «si bien se pudo constatar que nunca había sido accionista, a fojas 362 del expediente figura un intercambio de oficios» por los que se aceptó la propuesta de Da Rosa de devolver los 4.000 pesos argentinos. Ya no es un argumento de silencio: es una diligencia judicial con resultado negativo. Al morir, el ministro de Hacienda y expresidente del Paraguay no tenía acciones de ninguna sociedad, y consta que el juzgado lo verificó. Lo que la constancia no dice es cómo se hizo la verificación ni contra qué registro.
A eso se suma lo que el inventario enumera: un inmueble comprado, ninguna empresa, ninguna sociedad y ninguna renta de negocio, después de nueve años y nueve meses de ministerio y presidencia. El cálculo: del 15 de agosto de 1920 al 24 de octubre de 1930 van diez años, dos meses y nueve días, de los que hay que descontar los cuatro meses y veintinueve días de 1924 en que estuvo fuera del gobierno y los nueve días de vacancia entre el 29 de octubre y el 7 de noviembre de 1921. Eso es lo que este retrato puede seguir afirmando: no que fuera pobre —no lo era—, sino que su patrimonio no tenía la forma de una base de poder económico. Era dinero en bancos, oro de protocolo, libros y un terreno. No tenía lo que los demás tenían: tierra en escala, ganado, un diario propio, una casa exportadora, una participación en el negocio que el Estado regulaba. Y eso, y no la pobreza, es lo que sostiene el contraste con Eduardo Schaerer.
El terreno de Lambaré debilita, sin destruirlo, el argumento de la chacra de Mbuyapey —arraigo largo, patrimonio corto— que se expone en la parte 1 de esta serie. Eligio Ayala sí compró tierra. El expediente no da la fecha de la compra, ni el precio pagado, ni con qué la pagó, y el apellido del vendedor no se lee con seguridad. Mientras eso no se sepa, la inferencia de que quien no acumuló siendo ministro y presidente difícilmente tenía de dónde sacar en 1911 se sostiene con un margen menor, y se escribe con ese margen a la vista. Dónde se resolvería: en el título que el abogado de Anastasia presentó en el juicio en 1931, y en el registro de la propiedad del distrito de Lambaré.
Lo que el expediente corrige, y lo que deja pendiente
- Corregido: «el inventario no declara la moneda». La declara por dentro, al convertir 4.000 pesos argentinos en 84.375 pesos. Son pesos paraguayos de curso legal; la identificación es una inferencia sobre un dato de Brezzo, no una afirmación suya.
- Corregido: «una humilde casita». No hay casa en el inventario. Ayala vivía de alquiler, en una casa de Mercedes Arbo de Semidei, y su único inmueble era un terreno de 20 ha 6.250 m² en Lambaré.
- Corregido: «no existe inventario de su biblioteca». Existe y está tasada en 30.226,50 pesos. Brezzo no dice en qué foja empieza el avalúo; sí que «a partir de la foja 116» figuran las colecciones de revistas europeas, donde está el grueso del valor.
- Corregido: «tres partidas y ningún activo productivo». Son diez rubros, con tierra comprada y puesta en arrendamiento, posiciones en tres bancos distintos y un crédito contra un empresario de prensa.
- Corregido por una diligencia judicial, no por inferencia: «no consta si tenía acciones». Consta que «nunca había sido accionista» (p. 117, con remisión a la foja 362).
- Pendiente, y antes que nada: el expediente original del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, sucesorio de Eligio Ayala, 1930-1932, al menos 362 fojas, sin número ni carátula conocidos; habría que buscarlo en el archivo del Poder Judicial de Asunción. Sólo consta una copia, en la Colección Carlos Pastore.
- Pendiente: la sección de notas del volumen de 2023, que el ejemplar consultado no alcanza; sin ella no hay signatura para nada de lo citado.
- Pendiente: el desfase de 656.298,55 pesos entre la suma de los diez rubros y el total declarado, y la diferencia de 500 pesos argentinos entre los 4.000 del expediente y los 4.500 que da el tipo oficial.
- Pendiente: la calle de la casa (Presidente Wilson, o Estados Unidos y Villarrica); la maternidad de Anastasia; la hora y el día de la muerte, a cuya discusión el sueldo de 23 días se suma como indicio contable y no como prueba.
- Pendiente: los «51 años» de la partida de defunción frente al 4 de diciembre de 1879; la partida de nacimiento de Abelardo; y los trece manuscritos europeos inventariados sobre el escritorio en 1930 y heredados por Abelardo, que Brezzo no dice que se conserven.
Frente a Schaerer: el sistema que financió a la facción
El contraste que hace falta no es de caracteres, sino de bases materiales del poder. Eduardo Schaerer —presidente de 1912 a 1916, presidente del Senado en 1919-1920 y senador desde 1921 hasta 1940— llegó al poder por una coalición de intereses empresariales y fue dueño de un diario; Eligio Ayala llegó sin base propia de ninguna clase. Pero el límite de esa frase debe declararse de inmediato, porque es fácil decirla con más fuerza de la que las fuentes permiten. Las empresas de Eduardo Schaerer no están documentadas en las fuentes reunidas, y por tanto no puede describírselo como un empresario con patrimonio propio. Lo documentado son cuatro cosas: que fundó y poseyó el diario La Tribuna y cofundó El Diario; que la facción que lo llevó al poder fue financiada por grupos empresariales; que fue senador durante todo el ministerio y toda la presidencia de Ayala y doce años más; y que su diario atacó la reforma.
El contraste, entonces, no es de inventarios patrimoniales: es de bases de apoyo. Las diez menciones de Schaerer en la obra de Juan Carlos Herken Krauer sobre la política económica de la era liberal son todas sobre su presidencia, sus mensajes y sus apuros fiscales; ninguna sobre sus negocios. La monografía del propio Herken que trata el asunto, Ferrocarriles, conspiraciones y negocios, 1910-1912 (1984), no fue consultada para esta página.
Lo que sí puede documentarse es mejor que un inventario de empresas: el sistema. Según Herken, la revolución liberal de 1904 contó con «el apoyo de importantes grupos empresariales y ganaderos», y Juan Bautista Gaona, «uno de los empresarios claves del Paraguay de la época», asumió la presidencia «como una figura que sintetizaba los intereses de aquellos sectores». Y sobre la facción radical de 1911-1912 existe una pieza de jerarquía documental alta, un informe diplomático contemporáneo de la legación británica.
Debe ser remarcado que el serio carácter de la revolución radical fue debido a la asistencia financiera otorgada por un grupo de personas en Buenos Aires. El líder de este grupo fue el Sr. Manuel Rodríguez, Presidente de la Paraguay Central Railway Company, una corporación británica, y representante en la República Argentina de los intereses de Farquhar, y los adherentes fueron capitalistas argentinos y de otras nacionalidades que poseen tierras u otros intereses en el Paraguay. Este sindicato parece haber adelantado cerca de £350.000 a Schaerer, Gondra y el resto, con el objetivo de establecer un gobierno receptivo a sus influencias. […] Indudablemente, gozarán de una posición preferencial para obtener concesiones e inversiones favorables.
— Informe de la legación británica sobre la revolución radical de 1911-1912
El dato cambia el marco. El Ferrocarril Central no fue un grupo que presionó a Ayala desde fuera del sistema: fue un grupo que financió el ascenso de la facción que lo llevó al gobierno. Ayala no llegó al poder contra esa coalición; llegó dentro de ella, y luego gobernó frente a ella. Por eso la pregunta útil no es si resistió presiones, que sería una pregunta moral, sino qué instrumento aplicó a cada interés.
El único acto documentado frente al Ferrocarril Central es instructivo, porque no es ni favor ni castigo. Lo informa el mensaje del presidente Luis A. Riart al Congreso Nacional del 1.º de abril de 1924, conocido por una transcripción parcial inédita; Riart gobernaba entonces el tramo de cinco meses, entre el provisorato de Ayala y su presidencia constitucional, que se explica al final de esta página: «Puede citarse el arreglo concluído con el F.C.C. del Paraguay, sobre el servicio de sus créditos pendientes, en concepto de órdenes de pasajes, fletes y telegramas, expedidos en varios años pasados. El monto aproximado de los mismos es diez y seis millones de pesos curso legal. Se ha convenido una amortización de dos millones de pesos. A la fecha se han abonado ya tres millones de pesos».
El Estado le debía al Ferrocarril dieciséis millones de pesos de curso legal por servicios prestados, convino amortizar dos millones y a esa fecha llevaba abonados tres. La aritmética del propio mensaje no cierra —se pagó más de lo que se convino amortizar—, y aquí no se la cierra: la lectura más natural es que los dos millones fueran una cuota anual, pero se escribe como lectura y no como dato, porque el instrumento del arreglo no está localizado. Lo que sí puede afirmarse es otra cosa: no es una concesión graciosa, es un reconocimiento de deuda con pagos en curso. Una advertencia de cálculo: tres sobre dieciséis es el 18,75 % pagado a abril de 1924, coincidencia numérica casual con el tipo de cambio de 18,75 y sin ningún significado. Se consigna para que nadie la confunda con un dato.
La Tribuna contra la reforma
Hay un cruce de fechas que vale la sección. Eduardo Schaerer fundó el diario La Tribuna el 31 de diciembre de 1925, según una fuente enciclopédica; el dato queda pendiente de verificación documental, y el texto que el propio diario publicó en su centenario, en 2025, no fue consultado. Tres meses y medio después, el 16 de abril de 1926, el presidente Eligio Ayala escribió a Rodolfo Ritter, en papel de la Presidencia de la República: «Yo concluiré las opiniones expresadas desde hace tiempo por Patria, Tribuna, El Orden, y algunos corredores contra la reforma. Ha de convenir V. conmigo en que ellas son vulgares y corrientes».
Es decir: el diario del empresario, expresidente y senador Schaerer atacó la reforma monetaria de Ayala desde su primer trimestre de existencia, y Ayala lo registró por escrito y lo despachó con desprecio técnico, no con indignación política: con la observación de que el argumento era vulgar y corriente. Eso es cómo trató a los intereses, documentado con día y mes. Salvo la fecha de fundación del diario, todo lo demás es de la pluma de Ayala, en una esquela que transcribe Careaga con remisión al Archivo Olga Ritter.
El nombramiento de 1916: Franco, no Schaerer
La relación entre los dos hombres tiene además un antecedente personal, y el Registro Oficial lo resuelve contra un relato manuscrito. Ese relato, inédito y sin nota alguna, afirma que «el presidente Eduardo Schaerer lo nombra ministro de Hacienda, pero él no viene a ocupar ese cargo, decide permanecer en Europa». El instrumento dice otra cosa. El Decreto N° 5440, «Constituyendo el Gabinete», del 15 de agosto de 1916, lo nombra ministro de Hacienda en su artículo 3.º —«Nómbrase Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Hacienda al Ciudadano Doctor Eligio Ayala»—, y lo firma «Franco», refrendado por Luis A. Riart. Lo nombró Manuel Franco, el mismo día en que asumió.
Schaerer presidió hasta esa fecha, de modo que la explicación más económica de la versión rival es que el relato comprimió dos gobiernos en uno, porque el episodio cae justo en el relevo. Lo que el decreto no puede excluir es un ofrecimiento anterior al 15 de agosto, que ninguna fuente documenta. El nombramiento tuvo además ejecución real: el artículo 6.º del mismo decreto pone la cartera a cargo interino del ministro del Interior «mientras dure la ausencia del titular».
El 6 de enero de 1917 se nombró en su lugar a Francisco Sosa Gaona, «en reemplazo del Dr. Eligio Ayala que no aceptó el cargo»: la cláusula se refiere a Ayala, no a Sosa Gaona, que sí ejerció hasta 1919. Del 15 de agosto de 1916 al 6 de enero de 1917 hay cuatro meses y veintidós días de vacancia esperándolo. Ese desenlace no está en el instrumento, sino en dos fuentes secundarias convergentes —una historia institucional de la presidencia de Franco y la nómina oficial de ministros de Hacienda de Luis Verón—; el acto estaría en el tomo de 1917 del Registro Oficial, que no ha sido revisado.
La austeridad, del decreto hacia el adjetivo
Sobre la austeridad de Eligio Ayala circulan tres clases de material que la tradición mezcla y que hay que separar, porque valen cosas distintas. Primero, juicios de contemporáneos. Arturo Bray escribió que «vivió siempre con espartana sencillez, pero sobradamente digno», y lo llamó «cancerbero feroz e intransigente del dinero público, insobornable en su obstinada probidad». Las dos frases proceden de Hombres y épocas del Paraguay (1957) y llegan citadas por terceros —una nota de prensa de 2025 y una publicación universitaria—, sin página y sin cotejo con el original. Velilla escribió que «en su pobreza es un hombre rico, porque sus necesidades son limitadas, sabe ordenarlas, su vida es recoleta», y habló de «heroísmo económico». Son impresiones, y la parte siguiente de esta serie explica por qué las de Bray exigen una precaución particular.
Segundo, anécdotas de alta circulación y baja documentación. Se cuenta que echó «por la ventana» del Palacio a un comerciante argentino que le ofreció un soborno, diciendo que los ladrones salen por ahí; y hay una segunda versión, incompatible, según la cual disparó contra un hombre que intentaba sobornarlo. La primera circula en notas históricas de Fabián Chamorro Torres en ABC Color y en La Tribuna Histórica; la segunda, en una nota de Última Hora del 24 de octubre de 2025. Son dos versiones del mismo episodio, ninguna con documento: se declaran las dos y ninguna se escribe como hecho.
Tercero, la austeridad como acto de gobierno, y aquí sí hay instrumento. El Decreto N° 16.635 del 13 de setiembre de 1923, el texto más largo y más personal de su año de presidencia provisional, dice: «El P. E., como Jefe. responsable de la Administración general de[l] país, considera un deber primordial suyo el Orientar su gestión gubernativa hácia el equilibrio del Presupuesto, base de la consolidación de las Finanzas Públicas. Y este Decreto tiende, precisamente, a preparar la aplicación u observancia de ese principio clásico».
Una regla de construcción
«Espartana sencillez» es un adjetivo de un memorialista; el decreto de economías de setiembre de 1923 es un instrumento con número, fecha y líneas en el Registro Oficial.
- La austeridad de Eligio Ayala se construye desde el decreto hacia el adjetivo, y no al revés. Lo que un hombre hizo con el presupuesto del Estado es verificable; lo que comía y cómo vestía, en su caso, no está documentado.
- El decreto tiene un detalle que lo vuelve biográfico: lo cofirmó su ministro de Guerra y Marina, el entonces coronel Manlio Schenoni Lugo, el mismo hombre a quien cinco años después, desde la presidencia, le escribiría que el Paraguay pagaría cada cuota de su armamento arañando la tierra.
Cómo se blindaba: «el Ministro de Hacienda no es un centinela de caja»
¿Cómo se sostenía un hombre sin base patrimonial propia frente a la presión continuada de los intereses empresariales sobre la política? La respuesta está en su primer gran discurso, el del 8 de octubre de 1920 ante la Cámara de Diputados, recogido en el Diario de Sesiones (Año L, N° 59, pp. 474-477) y citado por Herken Krauer. Y es una respuesta inesperada: no es moral, es metodológica.
El Ministerio de Finanzas no debe ser meramente la tesorería mayor de la nación. Las finanzas nacionales no consisten en dictar leyes impositivas, cruzarse de brazos y esperar estoicamente que la caja esté abastecida para repartir después su contenido proporcionalmente a las recomendaciones políticas, a las influencias absorbentes, a las insinuaciones de los amigos, en desmedro del interés nacional y de la disciplina, el orden y la […] honestidad de la política financiera. El Ministro de Hacienda no es un centinela de caja. […] El Ministerio de Finanzas debe ser el órgano que establece científicamente la relación entre el valor para la vida nacional de los servicios fiscales y el costo de ellos para la economía privada.
— Eligio Ayala, discurso ante la Cámara de Diputados, 8 de octubre de 1920
Conviene leer despacio lo que hace ahí. Nombra la presión —«recomendaciones políticas», «influencias absorbentes», «insinuaciones de los amigos»— y le opone no una virtud sino un criterio impersonal: la relación, establecida científicamente, entre el valor de un servicio fiscal y su costo para la economía privada. Convirtió cada pedido en un problema de cálculo, y el cálculo lo encargaba por escrito a un técnico. Las secciones sobre sus leyes y sus esquelas, más abajo, muestran la mecánica; aquí interesa el principio, porque es la única respuesta documentada a la pregunta de cómo se defendía. La articulación es una lectura; las palabras son suyas.
En el mismo discurso está el vocabulario con que trató la emisión inconvertible, y es vocabulario penal: «Pero hay un impuesto que debemos evitar a toda costa, un impuesto funesto por excelencia, un impuesto traidor y corruptor, que ataca alevosamente todos los intereses económicos de todos, un impuesto que es el más poderoso corrosivo del bienestar social, y cuyos efectos son una verdadera defraudación pública. Ese impuesto es la mala moneda, la moneda fiduciaria, la emisión inconvertible». Traidor, alevosamente, defraudación: tres términos del Código Penal usados como categorías de política monetaria. Es el antiguo agente fiscal en lo criminal hablando de la moneda, y su doctrina fiscal conservará la forma de una imputación.
Hay una pieza más cruda, porque es privada y es sobre el Congreso. Es una esquela con membrete del Ministerio de Hacienda, en la que encarga a Ritter la crítica de un convenio con el Banco de la Nación Argentina.
He percibido en V. ganas de entretener los dientes en alguna crítica. No pierda V. su tiempo en los proyectos remitidos en el Congreso, en los que no se ocupará nadie, porque no hay Recursos extras que ofrezca puestos y cuentas corrientes en descubierto. En esto que le mando tiene V. una presa jugosa y chorreante. Esto llamará la adhesión del Congreso en tropel, porque degrada la soberanía nacional y puede «untar las uñas» de cientos Juan Jotas y patrioteros.
— Eligio Ayala, esquela a Rodolfo Ritter, Ministerio de Hacienda, sin fecha (según Francisco Bazán)
Describe el mecanismo de captura con precisión de fiscal: puestos y cuentas corrientes en descubierto como moneda de la adhesión parlamentaria, y «untar las uñas» como el verbo. Y lo dice de un convenio con un banco extranjero, que es exactamente el caso que interesa. Su método fue encargar una crítica técnica «sincera y seria», «sin precipitación, bien estudiada», y oponer el informe al tropel. La esquela tiene además una consecuencia de mayor alcance: prueba que los proyectos que se dicen «negados por el Congreso» no fueron negados sino no tratados, y que el propio Ayala lo sabía y lo escribió.
Los intereses, uno por uno, y el límite de lo que puede afirmarse
Antes del cuadro hay que decir lo que el cuadro no contiene. No hay documentado un solo caso de presión directa sobre Eligio Ayala por parte de una taninera, un frigorífico, una yerbatera o un banco: ni una carta de presión, ni una audiencia, ni una amenaza. Lo que hay es el trato normativo que les dio y su doctrina general sobre las influencias absorbentes. La diferencia importa: no puede escribirse «la taninera Casado presionó y él resistió»; puede escribirse qué hizo con el tanino.
Cuadro 2. Los grandes intereses y el instrumento que Ayala les aplicó
| Interés | Lo que las fuentes documentan |
|---|---|
| Taninera Carlos Casado | El mayor capital del ramo: 5.625.000, frente a 450.000 de American Quebracho y 360.000 de River Plate, sin moneda declarada en la fuente. Fábrica de 1.000 t de tanino al año trabajando veinticuatro horas; pueblo privado con población cautiva; pagaba el salario en vales de almacén, en lugar del peso fuerte de curso legal. Los Casado-Sastre, propietarios de porciones enormes del Chaco, estaban emparentados con el presidente argentino Agustín P. Justo. Instrumento aplicado: el tanino es uno de los cuatro rubros sometidos al depósito compulsivo en oro del art. 13 de la Ley N° 182 |
| Frigoríficos Liebig’s | Ayala mismo remitió la concesión al Congreso como proyecto el 5 de abril de 1922, uno de los diez mensajes de aquel día; la autorizó una ley de diciembre de 1923. Su ministro informó en 1924 que la ganadería «se hallaba materialmente asfixiada por falta de mercado» y que «ha recibido un inesperado impulso» con la instalación del frigorífico. Y el art. 8 de la Ley N° 579 dispone que los productos de frigoríficos no están exentos de impuestos fiscales o municipales |
| Yerbateras | Decreto N° 15.864, que reglamenta el transporte de yerba por los ríos y el ferrocarril; la yerba es otro de los cuatro rubros del depósito compulsivo en oro; yerbales privatizados; contrabando extendido, «especialmente la yerba mate» |
| Bancos | Cierre de dos bancos de la capital, el Mercantil y el de España y Paraguay; moratoria por ley de mayo de 1921, prorrogada; en setiembre de 1923 el Estado seguía rescatando 254.965,28 pesos de curso legal de esos dos bancos; y el convenio con el Banco de la Nación Argentina, sobre el que encargó la crítica de la esquela citada más arriba |
| Ferrocarril Central | Cerca de £350.000 adelantadas por un sindicato que encabezaba su presidente «a Schaerer, Gondra y el resto» en 1911-1912; y el arreglo de los dieciséis millones de deuda del Estado, con dos millones convenidos de amortización y tres abonados a abril de 1924, según el mensaje del presidente Riart. El instrumento del arreglo no está localizado |
Fuente: Registro Oficial de 1923; mensajes ministeriales de 1924, conocidos por transcripción inédita; Herken Krauer, anexo estadístico.
El patrón que emerge de estas fuentes es claro: Ayala no enfrentó a los grupos ni los expropió; los sometió a instrumento. Liebig’s entra por un proyecto de ley que él mismo remite, y con un artículo que le niega exenciones; la yerba y el tanino quedan bajo depósito compulsivo en oro y bajo reglamento de transporte; el Ferrocarril cobra con reconocimiento de deuda y amortización convenida; el banco extranjero se enfrenta con un informe encargado. Nada de esto es retórica contra los empresarios: es administración. Y es la forma que toma, en los hechos, el principio de 1920 según el cual el ministro no es un centinela de caja.
Con quiénes trabajó, además de Ritter
Rodolfo Ritter es el colaborador del que hay correspondencia, y la parte 7 de esta serie le está dedicada. Conviene fijar su marco para medir a los demás contra él. Según Careaga, fue invitado al comenzar el mandato presidencial «en calidad de asesor técnico del área económica»; «se reunía constantemente con el presidente en el Palacio de Gobierno», y «era copiosa la correspondencia intercambiada entre ellos», parte de la cual se conserva en el Archivo Olga Ritter.
Según Liliana M. Brezzo, en el único estudio académico existente sobre Ritter, desde enero de 1926 tuvo cargo en el Ministerio de Hacienda, con despacho en el Palacio de Gobierno, y una remuneración de 4.000 pesos que la fuente consigna sin moneda ni periodicidad, y que aparece asociada tanto a ese cargo como a la cátedra de julio de 1925: no puede decidirse a cuál corresponde. Preparó además un estudio sobre la situación monetaria, una memoria de las condiciones económicas, un proyecto de Banco Central, informes ferroviarios, una investigación sobre la industria azucarera y propuestas de ley de petróleo.
Un límite duro vale como advertencia para toda esta sección. Nada prueba que Ritter tuviera cargo formal en 1923, ni que redactara la legislación de ese año, ni que dirigiera la Oficina de Cambios; y no se conserva ni una sola respuesta suya. No hay una línea escrita por Ritter a Ayala en todo el archivo conocido: la colaboración está documentada sólo desde la mano del presidente. Hay más. En las 142.233 líneas del Registro Oficial de 1923, Ritter aparece una vez: nombrado cónsul ad honorem en Helsingfors el 8 de marzo de 1923, bajo la presidencia de Eusebio Ayala y con refrendo de otro ministro; Eligio Ayala no refrenda ese decreto. El colaborador más importante de Ayala es invisible en el instrumento oficial. Ése es el dato de método de esta sección: sus colaboradores técnicos no dejaron rastro en el Registro; sus ministros, sí.
Sobre el sistema de encargos, el testimonio más extenso es el de Francisco Bazán, en Eligio Ayala. El pensador, una obra cuya fecha misma diverge en las fuentes, 1975 o 1976.
Era un gobernante de quien por gravitación de su inteligencia, de su voluntad indeclinable y de su carácter férreo, partían todas las orientaciones y determinaciones para la conducción de la cosa pública. En incontables esquelas y cartas que diariamente escribía a sus colaboradores, trazaba o impartía lo que debía hacerse, y aún en aquellas que pedía el estudio de una cuestión a un perito en la materia, o la elaboración de un informe sobre un problema determinado se destacaba su dirección o la indicación de la forma en que se necesitaba saber algo referente al país. Nada escapaba a su fiscalización y a su examen, aún en las cuestiones más técnicas.
Tampoco perdía oportunidad para dejar testimonio de su crítica o de las omisiones en que había caído el consultado. Sus cartas, notas o esquelas escritas sobre caliente, con frecuencia incorporaba una anécdota o una enseñanza, una orientación o una ironía, ya fuese el destinatario un general, un ministro, o un economista. No perdía oportunidad de dejar su marca.
— Francisco Bazán, Eligio Ayala. El pensador, Asunción, Curupí, 1975 o 1976
La última frase delata lo que falta. Bazán dice que los destinatarios eran de tres clases: un general, un ministro, un economista. Se conservan las del economista, dieciséis; una del general, la carta a Manlio Schenoni del 26 de junio de 1928; y del ministro, nada. No hay una sola esquela de Ayala a Riart, a Díaz León, a Ibarra, a Da Rosa, a Manuel Benítez ni a José P. Guggiari. De las tres clases de destinatario que el único testigo enumera, una entera, la ministerial, no está representada por un solo papel. De los gabinetes, en cambio, el Registro Oficial da nombres y fechas, y permite ordenar las etapas con instrumento.
Cuadro 3. Los gabinetes, con el instrumento que los fija
| Etapa | Composición | Instrumento |
|---|---|---|
| Gabinete de Eusebio Ayala, hasta el 11 de abril de 1923 | Relaciones Exteriores, Rogelio Ibarra; Hacienda, Eligio Ayala; Justicia, Culto e Instrucción Pública, J. Eliseo Da Rosa; Interior, A. Arce; Guerra y Marina, M. Schenoni L. | Refrendo colectivo del Decreto N° 15.503, del 3 de enero de 1923 |
| Gabinete de Eligio Ayala, presidente provisorio, 12 de abril de 1923 | Interior, Modesto Guggiari, ausente del país, que no pudo asumir y fue despachado interinamente por Díaz León desde el 13; Relaciones Exteriores, Rogelio Ibarra; Hacienda, Luis A. Riart; Justicia, Culto e Instrucción Pública, Lisandro Díaz León; Guerra y Marina, coronel Manlio Schenoni L. | Decreto N° 15.978. Su art. 6 resuelve el problema lógico de un decreto que crea a sus propios refrendantes: lo contrafirma Ibarra, el único ministro en ejercicio continuado |
| Luis A. Riart presidente, 17 de marzo a 15 de agosto de 1924 | Hacienda, J. Eliseo Da Rosa, «político liberal que gozaba de la amistad —si tal término pudiera aplicarse— de Eligio Ayala» | Renuncia de Ayala aceptada por el Congreso el 17 de marzo; designación de Riart en la misma sesión |
| Gabinete de Eligio Ayala, presidente constitucional, desde el 15 de agosto de 1924 | Vicepresidente, Manuel Burgos; Hacienda y Guerra y Marina a cargo de los doctores Manuel Benítez y Luis A. Riart. La fuente no dice quién tomó cuál; otra la resuelve para Guerra en favor de Riart, de modo que Hacienda sería de Benítez por eliminación, sin que ninguna lo diga expresamente | Transcripción inédita; sin decreto localizado |
| Ministro de Hacienda de José P. Guggiari, de 1928 a 1930 | Hasta su muerte, el 24 de octubre de 1930. Tres déficits consecutivos —0,61, 0,28 y 0,41 millones—, todos sin un peso de emisión | Serie presupuestaria de Herken Krauer; las cartas de Ayala a Guggiari de 1928-1930, en la Colección Pastore, no han sido leídas |
Fuente: Registro Oficial de 1923; Herken Krauer, anexo estadístico; para el gabinete de 1924, una transcripción inédita.
El Registro permite dos observaciones que ninguna fuente narrativa hace. La primera: el gobierno provisional arrancó con la cartera del Interior vacante de hecho —su titular estaba fuera del país— y lo hizo en medio de una guerra civil, siendo el Interior la cartera del orden público. La segunda: de los cinco ministros, sólo Ibarra y Schenoni tuvieron continuidad plena a través del cambio de presidente. Y hay una tercera, sobre la presidencia constitucional: la fuente que nombra a Benítez y a Riart añade que el presidente no descuidó en momento alguno el control de esas carteras. Es decir: tenía ministro de Hacienda y seguía haciendo de ministro de Hacienda. Eso explica por qué hay esquelas sobre materia monetaria con membrete de la Presidencia.
Dos agujeros y una anomalía
- Manuel Benítez es el gran agujero. Aparece seis veces en todo el material reunido, y sólo una de manera sustantiva: la frase que lo pone en un gabinete sin decir en qué cartera. Ni un decreto, ni un refrendo, ni una fecha de asunción, ni una de cese. Si fue el ministro de Hacienda de la presidencia de Eligio Ayala, es el hombre peor documentado del gobierno mejor documentado del período.
- No hay ninguna descripción de una reunión de gabinete, de un acuerdo de ministros ni de cómo despachaba con ellos. Está documentado qué firmaron, no cómo trabajaron.
- La anomalía: Enrique Bordenave. Fue nombrado presidente de la Oficina de Cambios por el Decreto N° 15.979 del 13 de abril de 1923, el primer decreto del nuevo presidente después del que crea su gabinete. Un Enrique Bordenave presidía la Cámara de Diputados en octubre y noviembre de ese año, y como tal firmó las Leyes N° 550 y N° 551. El Registro no aclara si es la misma persona, y aquí no se afirma. Consta, en cambio, que la Ley N° 585 de diciembre de 1923 exceptúa expresamente a los «miembros y presidente del Directorio de la Oficina de Cambios» de una prohibición de acumulación, y que se dicta después de los hechos. Si fuera la misma persona, el hombre que presidía la Oficina de Cambios habría firmado como presidente de Diputados la ley que amplió su poder de emisión.
Quién le escribía las leyes
La pregunta es central para un gobernante cuya obra es normativa, y la respuesta es inequívoca en su dirección y frágil en una de sus tres patas: no hay un solo indicio de que otro le escribiera las leyes, y hay tres indicios convergentes de que las escribía él.
El primero es un testimonio explícito, y es el más débil, porque no tiene fuente. Un texto manuscrito inédito, sin una sola nota al pie en ese pasaje, lo describe como «un carácter recio, de conciencia y convicciones emotivas profundas, que escribía verdaderos tratados para cada decisión de envergadura que necesitaba adoptar, que exigía de sus asesores no temas tratados en general sino puntillosas respuestas a preguntas concretas, y que se esmeraba en pensar y escribir personalmente sus mensajes al Congreso Nacional». Son tres afirmaciones en una frase —escribía tratados, exigía respuestas puntuales, redactaba personalmente sus mensajes— y ninguna lleva respaldo. Es un juicio del autor de ese texto, y como tal se cita.
El segundo es la prueba interna, y es la mejor que hay: los decretos de 1923 razonan como un jurista y no como una oficina. Cuatro textos, todos del año de su presidencia provisional, comparten un método idéntico: el hecho, la norma citada por artículo, una interpretación finalista —el «espíritu» de la norma— y una solución que se presenta como obligada.
Cuadro 4. Los cuatro decretos que prueban la autoría por el método
| Decreto | Fecha | Qué hace | Líneas del Registro Oficial |
|---|---|---|---|
| N° 16.339 | 14 de julio de 1923 | Construye la teoría del «receso de hecho» sobre el art. 102, inc. 17, de la Constitución | 69.223 a 69.300 |
| N° 16.351 | 20 de julio de 1923 | Deniega retiros militares citando cuatro artículos de la Ley Orgánica Militar | 69.814 a 69.900 |
| N° 16.447 | 13 de agosto de 1923 | Disuelve el Senado invocando los arts. 42 y 61 de la Constitución | 75.673 a 75.810 |
| N° 16.635 | 13 de setiembre de 1923 | Derecho presupuestario y deber del equilibrio | 84.674 a 84.830 |
Fuente: Registro Oficial de la República del Paraguay, 1923; las líneas corresponden al reconocimiento óptico del tomo, de 142.233 líneas. El último decreto es el texto más largo y más personal del año.
El de julio razona así: «Es evidente que el Poder Ejecutivo podrá ejercer esta misma facultad si el Poder Legislativo espontáneamente deja de reunirse […] Actualmente las Cámaras de hecho continúan en receso, puesto que el Senado, a pesar de reiteradas e insistentes invitaciones de su presidente, no ha sesionado ni una sola vez hasta hoy». Eso no lo escribe un secretario. Es una construcción dogmática —extender el «receso de derecho» al «receso de hecho»— y viene blindada con su propia reversibilidad. Con estos cuatro textos puede afirmarse que la argumentación jurídica de los decretos de 1923 es suya, y puede fundarse en el estilo y en el método. Es una inferencia sobre el instrumento, y se declara como tal.
El tercer indicio es el reparto del trabajo, y se ve en lo que le pedía a Ritter. En una esquela de Hacienda: «Dr. Ritter: Le voy a dar un trabajito. Sírvase decirme cuántos gramos de oro tiene el peso oro argentino, según la ley monetaria argentina. Le ruego se fije bien en la ley». En otra: «Cuáles pueden ser los remedios artificiales: políticos, legales, gubernativos». El reparto queda a la vista: a Ritter le pedía el dato de la ley ajena y la clasificación de los remedios; la norma propia la redactaba él. Y la prueba negativa lo confirma: no hay nada que atribuya a Ritter la redacción de la legislación de 1923.
Las dieciséis esquelas: las instrucciones por escrito
Suele decirse que Eligio Ayala daba todas sus instrucciones por escrito. Las fuentes no permiten decir «todas», porque nadie ha contado lo que no se conservó, pero permiten algo mejor: describir el género administrativo que él sistematizó, con dieciséis piezas en la mano.
Antes del inventario, la cadena de atribución, porque importa. Las cuatro esquelas con membrete «Presidencia de la República (Correspondencia privada)» se citan por Careaga (2007), que remite al Archivo Olga Ritter, la única indicación de repositorio que existe para estas piezas; las doce restantes se citan por Francisco Bazán, Eligio Ayala. El pensador. Nunca, por tanto, como archivo personal consultado. Y una consecuencia de método: la selección es de Careaga, de modo que lo que hay es un conjunto filtrado, no el total.
Cuadro 5. Inventario de las dieciséis esquelas, por membrete
| N° | Membrete | Fecha | Asunto |
|---|---|---|---|
| 1 | Presidencia de la República | 16 de abril de 1926 | La Revue; el Mensaje; Patria, Tribuna y El Orden contra la reforma; la teoría cuantitativa «calificada»; «¿Sabe V. cuántas ideas contrapuestas bullen en la palabra inflación, por ej.?» |
| 2 | Presidencia de la República | Sin fecha | Devolución de periódicos; la obra de Pierre Feu; «¡Terminó la Chinización!!!»; invitación a charlar |
| 3 | Presidencia de la República | 12 de noviembre de 1926 | Excusa por no recibirlo: «tengo prometido visitar a algunas escuelas»; cita «para el lunes a las 5 p.m.» |
| 4 | Presidencia de la República | 12 de abril de 1926 | Tarjeta de O’Leary; envío del número de la Revue |
| 5 | Sin membrete | «Febrero 18», sin año | Pésame y cuestionario de nueve puntos sobre el efecto de la desvalorización del papel argentino; incluye «si sería un remedio, en estos momentos, la adopción del patrón oro» |
| 6 | Ministerio de Hacienda | Sin fecha | Gramos de oro del peso oro argentino «según la ley monetaria argentina. Le ruego se fije bien en la ley»; crítica del convenio con el Banco de la Nación Argentina; «untar las uñas» |
| 7 | Ministerio de Hacienda | Sin fecha | Interpretación de «8 ½ % de interés y 2 % de amortización acumulativa» |
| 8 | Ministerio de Hacienda | Sin fecha | Reclamo de acuse de los cinco trabajos enviados; «[…] es una perfecta mierda. No vale absolutamente un pito» |
| 9 | Ministerio de Hacienda | Sin fecha | «Sírvase hacerme un estudio serio y elevado» de un proyecto de acuerdo |
| 10 | Ministerio de Hacienda | Sin fecha | Exige un cuadro comparativo del impuesto por habitante con la Argentina, Chile, Bolivia y el Uruguay: «Los Grandes Caudillos no podrán imaginarse si es mucho o poco» |
| 11 | Sin membrete | Sin fecha | Se perdió su trabajo para la revista del barón Stackelberg; pide copia; posdata: «Fíjese un poco en el movimiento aduanero, cómo anda la introducción del alcohol extranjero —si aumenta—» |
| 12 | Ministerio de Hacienda | Sin fecha | «Recibí su trabajo de ayer. Me gustó muchísimo. Preciso y a punto»; pregunta si «Mr. Bayard Reeves» llega en el tren de hoy |
| 13 | Ministerio de Hacienda | Sin fecha | La discrepancia entre la Contaduría y las oficinas perceptoras: «su contabilidad es un revoltijo de inepcias»; «Su único mérito es no guardarse para sí lo poco que recaudan, por ahora. Ya vendrá eso también. La Democracia es la Democracia» |
| 14 | Ministerio de Hacienda | Sin fecha | «Hemos ordenado que en adelante los libros de las diversas reparticiones públicas se sometan al régimen del Ejercicio» |
| 15 | Ministerio de Hacienda | Sin fecha | «Mandé los proyectos —y les dije en suma: hagan lo que quieran, como lo quieran, persuadido de que no harán nada —nada» |
| 16 | Ministerio de Hacienda | Sin fecha | «Los dactilógrafos inútiles han perdido el informe original corregido por usted. Le ruego se sirva corregir otra vez esta copia» |
Fuente: conteo y clasificación sobre las transcripciones de Careaga (2007) y de Bazán. Cuatro esquelas llevan membrete de la Presidencia, diez del Ministerio de Hacienda y dos ninguno; hay además un encabezado huérfano, «Estimado amigo:», sin cuerpo, que no se cuenta. En la esquela 8, la transcripción dice «Dígame cuáles recibió. (ilegible) es una perfecta mierda»: la palabra o palabras que preceden al juicio son ilegibles y no consta a qué se refiere; los corchetes marcan esa laguna.
Sólo tres de las dieciséis están fechadas, las tres de la Presidencia y las tres de 1926, y permiten reconstruir la única secuencia epistolar que existe. El 12 de abril le manda el número de la Revue «que le interesaba»; el 16 de abril acusa recibo de «la Revue y con ella su erudita e interesante carta» y contesta sus objeciones. El orden es éste: él envía, Ritter devuelve con una crítica escrita, él responde en cuatro días. La tercera es del 12 de noviembre de 1926.
De la esquela que no lleva membrete y está fechada sólo «Febrero 18» hay que decir algo, porque podría ser la pieza más importante de las dieciséis. Su asunto es la desvalorización del papel argentino y la conveniencia de «adoptar el patrón oro: esto es, la fijación del cambio con relación al peso oro, y no al peso papel argentino». Ese planteo sólo tiene sentido después de que el peso argentino empezara a moverse contra el oro, y la inconvertibilidad argentina es del 11 de diciembre de 1929. Por razonamiento, y no por documento, «Febrero 18» es con alta probabilidad el 18 de febrero de 1930, ocho meses antes de su muerte. No se afirma: se da como la datación más probable y se marca como no documentada. Si se confirmara, esa esquela sería el último documento técnico de Eligio Ayala, y la prueba de que vio la ruptura del ancla mientras ocurría.
Qué prueban las dieciséis esquelas sobre su modo de despachar
- Daba instrucciones por escrito, en papel membretado del cargo, y las marcaba «Correspondencia privada»; la fórmula aparece catorce veces idéntica. No es carta personal ni nota oficial: es una tercera cosa, un género, y él lo sistematizó.
- Fraccionaba el problema en preguntas numeradas: la del «Febrero 18» tiene nueve ítems.
- Exigía el dato exacto y la fuente normativa: «Le ruego se fije bien en la ley».
- Exigía comparabilidad y decía para qué: «Sírvase hacer un cuadro comparativo sin el cual nada vale este dato. Los Grandes Caudillos no podrán imaginarse si es mucho o poco». Pedía el cuadro porque su público no sabía leer una cifra suelta.
- Calificaba el trabajo recibido en los dos sentidos y sin anestesia: «Me gustó muchísimo. Preciso y a punto», y «[…] es una perfecta mierda. No vale absolutamente un pito».
- El tiempo de estudio era parte de la instrucción: «sin precipitación, bien estudiada»; «un estudio serio y elevado».
- Llevaba registro de lo enviado: una esquela enumera los cinco trabajos remitidos y pide acuse uno por uno —desvalorización del papel argentino, «historia Banco Agrícola», parte económica de la memoria, parte financiera, resultado de la aplicación de la tarifa aduanera—. Es un índice de la producción técnica de su gobierno.
- Daba órdenes de sistema contable en plural mayestático: «Hemos ordenado que en adelante los libros de las diversas reparticiones públicas se sometan al régimen del Ejercicio».
- Despreciaba el aparato y lo decía por escrito, con la ironía como método: «revoltijo de inepcias»; «los dactilógrafos inútiles»; «persuadido de que no harán nada —nada»; «La Democracia es la Democracia».
Hay una última pieza de este género, y va en otra dirección. Se cuenta, en las notas históricas de Fabián Chamorro Torres, que ante un pedido de fondos del presidente Guggiari para un secretario fuera del presupuesto, Ayala escribió de su mano, al margen del expediente: «Que pague de su bolsillo»; o, en la versión ampliada, «si el Presidente de la República quiere un secretario fuera del presupuesto, que lo pague de su bolsillo». Si el episodio es real, la escena es ésta: el ministro de Hacienda deniega por escrito un pedido del presidente de la República que lo había nombrado. Es el complemento exacto de las esquelas: lo que ellas son hacia abajo, hacia el técnico, la anotación marginal es hacia arriba, hacia el jefe. Y ninguna fuente dice en qué expediente está. Es, junto con el discurso fúnebre de Casal Ribeiro, la pieza suelta que más podría rendir si se localizara.
Del resto de su jornada de trabajo no hay nada, y es un vacío llamativo. No existe una sola descripción de su letra, de su escritorio, de sus horarios ni de su jornada. La especie de que trabajaba de noche «revisando presupuestos a la luz de una lámpara» procede de un ensayo conmemorativo que no cita fuente para el detalle de la lámpara: es un tópico literario, no un dato. Lo único que hay cabe en cuatro líneas de una esquela: «No le invité a casa para hoy o mañana porque tengo prometido visitar a algunas escuelas. Le invito para el lunes a las 5 p.m.». Recibía en su casa, citaba a las cinco de la tarde y visitaba escuelas personalmente. Es poco, y es lo único.
Las etapas de sus cargos
Dividir en etapas sus cargos obliga a corregir dos relatos corrientes. La cronología completa está en el cuadro; lo que sigue son las cuatro correcciones que las fuentes imponen.
Cuadro 6. Las etapas del ejercicio del poder
| Período | Cargo | Observación |
|---|---|---|
| 17 de abril de 1900 | Clasificador de documentos oficiales del Archivo Nacional | Su primer empleo público, a los veinte años. Una fuente enciclopédica lo hace «director» y desde 1905: se adopta la versión más temprana y se declara la otra |
| 1902-1903 | Defensor de Reos Pobres; Defensor de Pobres y Ausentes | Siendo estudiante |
| 4 de abril a 13 de junio de 1905 | Agente fiscal en lo criminal, y luego juez de primera instancia en lo civil | Antes de recibir el título, que es del 22 de diciembre de 1905 |
| 13 de diciembre de 1906 | Retiro de la administración de justicia | La judicatura duró dieciocho meses, no seis años |
| 1908-1912 | Diputado; presidente de la Cámara de Diputados en abril de 1910 | Dos fechas rivales para la presidencia de la Cámara: 12 o 22 de abril de 1910. No se promedian |
| 1911 a 1919 o 1920 | Europa: París, Londres, Berlín, Heidelberg, Berna, Clarens, Zúrich, Ginebra | Con encargos oficiales fechados en 1912, 1913 y 1914. Divergencia sobre la duración: ocho años, nueve, «casi diez» y diez en boca del propio Ayala. No se promedia |
| 15 de agosto de 1916 | Nombrado ministro de Hacienda estando en Europa, por el Decreto N° 5440 de Manuel Franco. No asume | El art. 6.º pone la cartera a cargo interino del Interior «mientras dure la ausencia del titular»; el 6 de enero de 1917 se nombra a Francisco Sosa Gaona «en reemplazo del Dr. Eligio Ayala que no aceptó el cargo». Casi cinco meses de vacancia esperándolo |
| 15 de agosto de 1920 a 29 de octubre de 1921 | Ministro de Hacienda de Manuel Gondra | Tres fechas rivales para el cese: 29 de octubre de 1921 (nómina oficial), 7 de noviembre (Amaral) y 21 de octubre (Herken). No se promedian |
| 7 de noviembre de 1921 a 11 o 12 de abril de 1923 | Ministro de Hacienda de Eusebio Ayala | Hueco de nueve días entre las dos ministraturas, sin ministro consignado. Su último refrendo como ministro es del 11 de abril de 1923; la nómina oficial cierra el 12 |
| 12 de abril de 1923 a 17 de marzo de 1924 | Presidente provisorio | Desde el 12 de abril la firma «AYALA» encabeza los decretos; el primer refrendo de su ministro de Hacienda es del 13 |
| 17 de marzo a 15 de agosto de 1924 | Fuera del gobierno | Gobierna Luis A. Riart. Cinco meses menos dos días |
| 15 de agosto de 1924 a 15 de agosto de 1928 | Presidente constitucional | El único presidente civil que desde 1870 inició y concluyó, sin contratiempos, su mandato constitucional |
| 1928 a 24 de octubre de 1930 | Ministro de Hacienda de José P. Guggiari | Tres déficits consecutivos, todos sin un peso de emisión |
Fuente: cronología de Raúl Amaral; nómina oficial de ministros de Hacienda de Luis Verón; Registro Oficial de 1916 y de 1923; una transcripción inédita para la presidencia constitucional. Las fechas de los dos mandatos presidenciales son el único punto en que todas las fuentes coinciden al día. La lista de ciudades europeas es un resumen: el itinerario reconstruido con piezas fechadas, en la parte 6 de esta serie, suma Génova, Lucerna, Interlaken, Montreux, Brunnen, Grindelwald, Nápoles, Roma, Venecia, Múnich, Madrid y Lisboa, y no documenta con pieza fechada una de las ciudades de esta lista.
Primera corrección: el título llegó después del cargo
La primera corrección es la que más cambia el retrato: el orden de los hechos se invierte respecto del relato corriente. Fue agente fiscal en lo criminal el 4 de abril de 1905 y juez de primera instancia en lo civil el 13 de junio, y recibió el título de doctor el 22 de diciembre, seis meses después de estar juzgando. Antes había sido defensor de pobres siendo estudiante. El título no fue la puerta de entrada a la judicatura: fue el cierre de una carrera judicial ya andada. Además, la judicatura duró dieciocho meses y no seis años: el retiro está fechado el 13 de diciembre de 1906, y los años de 1907 a 1909 son de docencia, educación pública y política, no de foro. Del 4 de abril de 1905 al 13 de diciembre de 1906 son veinte meses contando desde la fiscalía, y dieciocho exactos contando desde el juzgado; las dos cifras son correctas según qué se cuente.
La causa de ese retiro es la pista más valiosa sin explotar de toda la biografía. Llano sostiene que lo sacó una sentencia: siendo juez en lo civil habría dictado un fallo sobre «el pervertido régimen monetario, las emisiones inconvertibles», imputando al gobierno «imprevisión e ignorancia», y ese fallo le habría costado el cargo. Llano no cita el expediente, ni el juzgado, ni la fecha. Pero si la sentencia existe, es el documento más importante de su primera etapa: sería el primer texto económico conocido de Eligio Ayala, catorce años antes del ministerio —trece años y ocho meses del retiro, el 13 de diciembre de 1906, a la asunción como ministro, el 15 de agosto de 1920—, y sobre el mismo tema que ocuparía toda su obra. Cambiaría además la cronología intelectual del personaje: la continuidad de su pensamiento monetario iría de 1906 a 1930, y no de 1920 a 1930. La parte 5 de esta serie vuelve sobre ella.
Segunda corrección: el nombramiento de 1916 no fue un error
Una fuente académica afirma que fue «nombrado ministro de Hacienda el 15 de agosto de 1916», lo que parecía incompatible con su estadía europea y sospechoso, porque 1916 y 1920 comparten día y mes. No es un error de dígito: en 1916 hubo nombramiento real, con ejecución administrativa y casi cinco meses de vacancia. Lo que esa fuente omite es que no asumió. La resolución es ésta: hubo un nombramiento en 1916, no ejercido, por el Decreto N° 5440 de Manuel Franco, y otro en 1920, ejercido. Y los «tres períodos» de ministerio que alguna fuente enumera hay que describirlos como están documentados, sin unificarlos.
La nómina oficial de ministros de Hacienda registra dos: del 15 de agosto de 1920 al 29 de octubre de 1921, y del 7 de noviembre de 1921 al 12 de abril de 1923, con un hueco de nueve días sin ministro consignado, partidos por el cambio de Gondra a Eusebio Ayala. Sobre la fecha del primer cese hay tres versiones que no se promedian: el 29 de octubre de 1921, según la nómina oficial; el 7 de noviembre, según Amaral, que dice que «acompaña en su renuncia al Presidente Gondra»; y el 21 de octubre, según Herken, como fin de la presidencia de Gondra. Lo que se prueba por instrumento en ese tramo es un solo punto: el refrendo de la Ley N° 538, del 15 de octubre de 1921, la única pieza en que Gondra y Eligio Ayala firman juntos. Queda establecido, en cambio, que el nombramiento de 1916 no ejercido no es un cuarto período, y que 1928-1930 es ministerio y no presidencia.
Tercera corrección: 1928-1930 fue ministerio
Hay que hacerla porque una de las fuentes reunidas la contradice: las presidencias de Eligio Ayala no fueron 1923-1924 y 1928-1930. El tramo 1928-1930 fue ministerio, no presidencia, y lo prueban tres vías. Un texto de Ritter del 14 de agosto de 1928 habla de los superávits «que en el cuadrienio alcanzan un total de más de noventa millones»; la carta a Schenoni del 26 de junio de 1928 lo muestra en ejercicio presidencial; y el discurso fúnebre de octubre de 1930 habla de «su presidencia memorable» en pasado.
Cuarta corrección: los cinco meses de 1924
La cuarta explica el hueco que ninguna fuente narrativa explica. Entre el 17 de marzo y el 15 de agosto de 1924 hay cinco meses en que Eligio Ayala no gobierna y gobierna Luis A. Riart. La razón es de una limpieza institucional notable: según un texto inédito, renunció al provisorato «para jugarse la carta de la legalidad por cuatro años», es decir, renunció para poder ser candidato, y Riart cubrió el tramo hasta la fecha constitucional del relevo. El hombre que había disuelto el Senado en agosto de 1923 dejó el poder en marzo de 1924 para volver a él por elección en agosto.
Quién disentía
Todo lo anterior construye una figura admirable, y el método exige cerrar con su contraparte. Existe una crítica contemporánea que todavía no ha sido leída para esta serie: Teodosio González, En torno al último mensaje presidencial: el Dr. Eligio Ayala, juzgado al través de sus obras de gobierno como financista, estadista y gobernante, publicada en Asunción en 1928. Es el juicio de un contemporáneo sobre Ayala específicamente como financista, está en acceso libre y completo —en HathiTrust, en dominio público—, y ninguna conclusión sobre él puede darse por cerrada antes de incorporarla. Se nombra aquí, al final del retrato de su poder, porque es el lugar donde un lector tiene derecho a preguntar quién disentía.
Fuentes de esta página
- Expediente sucesorio del doctor Eligio Ayala, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Asunción, con intervención del Ministerio Pupilar, 1930-1932 (copia en la Colección Carlos Pastore, Academia Paraguaya de la Historia), según Liliana M. Brezzo.
- Liliana M. Brezzo, «Algunas observaciones sobre el expediente sucesorio del doctor Eligio Ayala», en Carlos Pastore Olmedo (ed.), Eligio Ayala íntimo, con la participación de Milda Rivarola y Liliana M. Brezzo, Asunción, FONDEC, 2023, pp. 105-118.
- Liliana M. Brezzo, «"Mis dos patrias": de Rusia al Paraguay. Las cartas de Rodolfo Ritter a Juan Emiliano O'Leary (1919-1929)», Estudios Paraguayos, vol. 38, núm. 2, 2020, pp. 225-254.
- Carlos Zubizarreta, Cien vidas paraguayas, entrada «Eligio Ayala».
- Juan Carlos Herken Krauer, La política económica durante la era liberal, 2.ª ed., Berlín, 2019, con su anexo estadístico; y Ferrocarriles, conspiraciones y negocios, 1910-1912, 1984 (no consultada).
- Informe de la legación británica sobre la revolución radical de 1911-1912.
- Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados, 8 de octubre de 1920, Año L, N° 59, pp. 474-477.
- Mensaje del presidente Luis A. Riart al Congreso Nacional, 1.º de abril de 1924.
- Registro Oficial de la República del Paraguay, 1916 y 1923 (Decretos N° 5440, 15.503, 15.978, 15.979, 15.864, 16.339, 16.351, 16.447 y 16.635; Leyes N° 182, 538, 550, 551, 579 y 585).
- Nómina oficial de ministros de Hacienda, de Luis Verón.
- Raúl Amaral, «Cronología de vida y obra de Eligio Ayala», en Eligio Ayala, El materialismo histórico, Asunción, 1989.
- Francisco Bazán, Eligio Ayala. El pensador, Asunción, Curupí, 1975 o 1976.
- Careaga, Ritter, 2007, con remisión al Archivo Olga Ritter.
- Arturo Bray, Hombres y épocas del Paraguay, 1957 (citado por terceros).
- Julia Velilla Laconich de Arréllaga, «Eligio Ayala, héroe civil de la defensa del Chaco», Anuario del Instituto Femenino de Investigaciones Históricas, 1970-1971.
- Mariano Llano, Eligio Ayala, el milagro paraguayo, Asunción, Ricor Gráfic, 1997.
- Fabián Chamorro Torres, notas históricas en ABC Color y en La Tribuna Histórica; Última Hora, 24 de octubre de 2025.
- Teodosio González, En torno al último mensaje presidencial: el Dr. Eligio Ayala, juzgado al través de sus obras de gobierno como financista, estadista y gobernante, Asunción, Imp. Zamphirópolis, 1928.
© Observatorio Económico · Facultad de Ciencias Contables, Administrativas y Económicas · Universidad Católica «Nuestra Señora de la Asunción».